Trámite por Prescripción de Impuestos
- Se debe presentar Memorial de solicitud de Prescripción dirigido al Administrador Provincial de Ingresos incluyendo todos sus datos generales. Es importante colocar un número de teléfono localizable que no sea celular.
- Debe especificar el o los impuestos solicitados y los periodos para los cuales hace la solicitud.
- En caso de personas jurídicasla solicitud debe ser hecha a través de abogado.
- Persona Naturalsólo debe presentar:
- Copia de la cédula del contribuyente.
A pesar de que la Ley le permite actuar por sí mismo, es recomendable que previamente haya consultado los servicios de consultoría jurídica tributaria vía web en Panamá que ofrece ImpuestosPanama.com, para así evitar una decisión adversa que prolongue la prescripción y peor aún, genere un alcance o liquidación adicional en su contra |
- Persona jurídica:
- Certificado del Registro Público de la sociedad.
- Certificado de propiedad de la Finca para la cual solicita la prescripción.
- Poder otorgado a un abogado.
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- Copia de la cédula del Representante Legal.
- Copia de la cédula del Abogado que tramita.
- El término de la prescripción se interrumpe por:
- Auto Ejecutivo contra el contribuyente o dueño.
- Promesa de pago escrita hecha por el contribuyente o dueño.
- Cualquier acción escrita por el funcionario competente encaminada al cobro del impuesto.
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- La Administración Provincial a través de su despacho, se encargará de hacer llegar la solicitud por registro en el libro de entradas y salidas, a la sección de Prescripciones donde serán recibidos por la Secretaria o el Jefe, quienes procederán a registrarlos en el Libro Control de entrada por orden de fecha de recepción.
- Luego el funcionario asignado, procederá a imprimir el estado de cuenta del contribuyente, y deberá abrir un expediente adjuntando todos los documentos, que acompañan la solicitud.
- Confeccionado el expediente, por la solicitud, requisitos y estado de cuentas, el jefe de la sección de prescripciones elaborará un memorando dirigido a distintas secciones y departamentos de la Dirección General de Ingresos, dependiendo de la necesidad, con el objetivo de verificar que no exista actuación alguna por parte de la Dirección General de Ingresos, encaminada a ejercer el derecho de cobrar el impuesto por parte del fisco, que haya interrumpido el término de prescripción solicitado.
Las secciones o departamentos, a las que se podrá dirigir la Sección de Prescripción el memorando a fin de verificar si existe alguna actuación que haya interrumpido la prescripción, son las siguientes...
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